EL AUMENTO DEL BOLETO Y LA UTILIZACION, CUANDO
CONVIENE, DE LAS HERRAMIENTAS PARTICIPATIVAS
Desde el primero de
abril de este año, los vecinos de Ushuaia tienen que abonar un boleto de $4,
producto de la firma de un Contrato de Concesión, entre el Intendente Sciurano y
el señor Miguel Zamora, en su carácter de Gerente General de la firma Autobuses
Santa Fe SRL, de fecha 10 de diciembre de 2012, ratificado por el Concejo
Deliberante el 14 de diciembre del mismo año.
Este contrato, además de
aumentar el precio del boleto, amplia la concesión del servicio por un año, el
cual finaliza el 10 de diciembre de 2013, y establece que la única forma de pago
será por Sistema de Tarjeta.
El tema fundamental que merece un
análisis es:
1) ¿Por qué se llega a esta situación?
2) ¿Por qué no se
dio cumplimiento a la Ordenanza Municipal 3341, la cual establece la realización
de la Asamblea Tarifaria?
Con respecto a la primera pregunta, sin duda
alguna se llega a esta situación por propia negligencia e ineptitud del
ejecutivo municipal, ya que no remitió en tiempo y forma el pliego licitatorio,
para que en el ámbito del Concejo Deliberante se discutan y se analicen las
condiciones del mismo, para luego realizar el llamado a licitación. Sabiendo de
manera fehaciente que el plazo finalizaba en diciembre de 2012, remitió el
pliego al Concejo el 5 de octubre de 2012. ¿Como se puede llamar a esto?:
desidia. Esta omisión del Ejecutivo Municipal y la ausencia de discusión, llevo
a que se firme un contrato por una ampliación de un año, sabiendo que el
servicio prestado por la Empresa deja mucho que desear, en muchos aspectos,
tales como frecuencia, limpieza, etc. Lo grave de todo esto, es que, el
transporte público de pasajeros colectivo, es un servicio público, y por lo
tanto debe ser garantizado por el municipio. Conclusión los únicos afectados son
los vecinos, y más aún aquellos que son más vulnerables socialmente.
Con
referencia a la segunda pregunta, no hay nada que justifique la no aplicación de
la Ordenanza Municipal 3341, la norma es lo suficientemente clara, excepto para
el Subsecretario de Gobierno, para la Secretaria Legal y Técnica y para el
propio Intendente. La ordenanza en cuestión establece en su artículo 1º “que la
fijación y/o modificación de los Cuadros Tarifarios de Servicios Públicos
Municipales, deberán ser sometidos a tratamiento de Asamblea Tarifaria…..”. Del
mismo modo, esta norma establece que la convocatoria a esta Asamblea será
realizada en todos los casos que exista una solicitud de incremento tarifario de
los proveedores o un proyecto de incremento iniciado desde el propio Ejecutivo
Municipal.
Esto significa simple y llanamente que por más que sea la
continuidad de un servicio, no queda el Ejecutivo exceptuado de cumplir con la
normativa vigente.
Resulta vergonzoso escuchar a estos funcionarios
justificando lo injustificable. He escuchado a funcionarios municipales, decir
que al aumento tarifario tuvo amplia difusión desde el mes de diciembre del año
pasado hasta la fecha. Me pregunto ¿la difusión reemplaza la participación de
los vecinos donde cada uno de ellos puede expresar su postura?. Escuché también
decir que la Asamblea Tarifaria tiene solamente carácter no vinculante y por
tanto no es importante realizarla. Que tenga ese carácter, no implica ni
autoriza a violar la norma. Si ese es el criterio, ¿entonces para que se gastan
miles y miles de pesos en Consultas Populares que también tienen carácter no
vinculante? O estos instrumentos participativos son importantes para
determinadas cuestiones y para otras son superfluos. La Carta Orgánica habla de
la aplicación de estas herramientas participativas de manera plena y no de forma
discrecional, según convenga o no a los intereses del Ejecutivo. Estos
mecanismos están para salvaguardar y respetar los intereses y derechos de los
vecinos. Quién paga estas “desprolijidades”, por llamarlas de alguna manera, son
los vecinos que ven vulnerados sus derechos.
Luego de analizar estas
cuestiones, uno llega a la conclusión que a este Ejecutivo Municipal lo único
que le importa es publicitar y difundir aquello que le conviene, y no escuchar
los reclamos vecinales. No se ha difundido y no se ha instruido a los vecinos
sobre las herramientas participativas consagradas en la Carta Orgánica
Municipal, y como utilizarlas.
En el caso del transporte público de
pasajeros colectivo, se ha omitido la Asamblea Tarifaria y la Doble Lectura.
¿Eso es escuchar a los vecinos?
Estas cuestiones no hacen más que poner
al desnudo la mala gestión municipal, la poca claridad con que se manejan los
fondos públicos, el poco interés en escuchar a los vecinos, el desconocimiento
de las herramientas participativas y su correcta aplicación.
En síntesis,
esta situación demuestra claramente la concepción del Estado Municipal que tiene
el Intendente, un Estado ausente cada vez más lejos del vecino, que terceriza
absolutamente todo y que no brinda respuestas adecuadas a la comunidad.
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