jueves, 25 de abril de 2013

EL AUMENTO DEL BOLETO Y LA UTILIZACION, CUANDO CONVIENE, DE LAS HERRAMIENTAS PARTICIPATIVAS
Desde el primero de abril de este año, los vecinos de Ushuaia tienen que abonar un boleto de $4, producto de la firma de un Contrato de Concesión, entre el Intendente Sciurano y el señor Miguel Zamora, en su carácter de Gerente General de la firma Autobuses Santa Fe SRL, de fecha 10 de diciembre de 2012, ratificado por el Concejo Deliberante el 14 de diciembre del mismo año.

Este contrato, además de aumentar el precio del boleto, amplia la concesión del servicio por un año, el cual finaliza el 10 de diciembre de 2013, y establece que la única forma de pago será por Sistema de Tarjeta.

El tema fundamental que merece un análisis es:
1) ¿Por qué se llega a esta situación?
2) ¿Por qué no se dio cumplimiento a la Ordenanza Municipal 3341, la cual establece la realización de la Asamblea Tarifaria?

Con respecto a la primera pregunta, sin duda alguna se llega a esta situación por propia negligencia e ineptitud del ejecutivo municipal, ya que no remitió en tiempo y forma el pliego licitatorio, para que en el ámbito del Concejo Deliberante se discutan y se analicen las condiciones del mismo, para luego realizar el llamado a licitación. Sabiendo de manera fehaciente que el plazo finalizaba en diciembre de 2012, remitió el pliego al Concejo el 5 de octubre de 2012. ¿Como se puede llamar a esto?: desidia. Esta omisión del Ejecutivo Municipal y la ausencia de discusión, llevo a que se firme un contrato por una ampliación de un año, sabiendo que el servicio prestado por la Empresa deja mucho que desear, en muchos aspectos, tales como frecuencia, limpieza, etc. Lo grave de todo esto, es que, el transporte público de pasajeros colectivo, es un servicio público, y por lo tanto debe ser garantizado por el municipio. Conclusión los únicos afectados son los vecinos, y más aún aquellos que son más vulnerables socialmente.

Con referencia a la segunda pregunta, no hay nada que justifique la no aplicación de la Ordenanza Municipal 3341, la norma es lo suficientemente clara, excepto para el Subsecretario de Gobierno, para la Secretaria Legal y Técnica y para el propio Intendente. La ordenanza en cuestión establece en su artículo 1º “que la fijación y/o modificación de los Cuadros Tarifarios de Servicios Públicos Municipales, deberán ser sometidos a tratamiento de Asamblea Tarifaria…..”. Del mismo modo, esta norma establece que la convocatoria a esta Asamblea será realizada en todos los casos que exista una solicitud de incremento tarifario de los proveedores o un proyecto de incremento iniciado desde el propio Ejecutivo Municipal.

Esto significa simple y llanamente que por más que sea la continuidad de un servicio, no queda el Ejecutivo exceptuado de cumplir con la normativa vigente.

Resulta vergonzoso escuchar a estos funcionarios justificando lo injustificable. He escuchado a funcionarios municipales, decir que al aumento tarifario tuvo amplia difusión desde el mes de diciembre del año pasado hasta la fecha. Me pregunto ¿la difusión reemplaza la participación de los vecinos donde cada uno de ellos puede expresar su postura?. Escuché también decir que la Asamblea Tarifaria tiene solamente carácter no vinculante y por tanto no es importante realizarla. Que tenga ese carácter, no implica ni autoriza a violar la norma. Si ese es el criterio, ¿entonces para que se gastan miles y miles de pesos en Consultas Populares que también tienen carácter no vinculante? O estos instrumentos participativos son importantes para determinadas cuestiones y para otras son superfluos. La Carta Orgánica habla de la aplicación de estas herramientas participativas de manera plena y no de forma discrecional, según convenga o no a los intereses del Ejecutivo. Estos mecanismos están para salvaguardar y respetar los intereses y derechos de los vecinos. Quién paga estas “desprolijidades”, por llamarlas de alguna manera, son los vecinos que ven vulnerados sus derechos.

Luego de analizar estas cuestiones, uno llega a la conclusión que a este Ejecutivo Municipal lo único que le importa es publicitar y difundir aquello que le conviene, y no escuchar los reclamos vecinales. No se ha difundido y no se ha instruido a los vecinos sobre las herramientas participativas consagradas en la Carta Orgánica Municipal, y como utilizarlas.

En el caso del transporte público de pasajeros colectivo, se ha omitido la Asamblea Tarifaria y la Doble Lectura. ¿Eso es escuchar a los vecinos?

Estas cuestiones no hacen más que poner al desnudo la mala gestión municipal, la poca claridad con que se manejan los fondos públicos, el poco interés en escuchar a los vecinos, el desconocimiento de las herramientas participativas y su correcta aplicación.

En síntesis, esta situación demuestra claramente la concepción del Estado Municipal que tiene el Intendente, un Estado ausente cada vez más lejos del vecino, que terceriza absolutamente todo y que no brinda respuestas adecuadas a la comunidad.

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